Cambios en el modelo 720 a partir del 31 de marzo de 2022:
Se modifican las sanciones derivadas de la no presentación del modelo 720 en tiempo y forma, de la siguiente manera:
- Se eliminan las multas pecuniarias fijas impuestas al no informar en plazo o por hacerlo de forma incompleta, inexacta o con datos falsos.
- También se eliminarán aquellos preceptos que calificaban el valor de los bienes no declarados en plazo como ganancia de patrimonio no justificada.
- Se elimina la multa pecuniaria proporcional del 150% sobre la cuota tributaria derivada de la ganancia de patrimonio no justificada o la renta no declarada.
Los incumplimientos de la obligación de declarar a través de este modelo quedarán sujetos al régimen sancionador general previsto para la falta de presentación en plazo o de forma incorrecta, siempre que tales declaraciones no produzcan perjuicio económico a la Hacienda Pública.
Los contribuyentes con bienes y derechos en el extranjero tienen que presentarlo en 2022 del mismo modo que en ejercicios anteriores.
Lo que ha cambiado es el régimen sancionador por incumplimiento total, imperfecto o extemporáneo, y se han rebajando las sanciones al nivel de las contempladas para el incumplimiento de otras similares en el territorio nacional.