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Residencia por Trabajo en España

Conoce los requisitos para obtener una autorización por trabajo en España por 1 año y renovable. 

RESIDENCIA POR TRABAJO

RESIDENCIA DE TRABAJO REQUISITOS

Estamos ante una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que es iniciada por el empleador/empresario para la contratación de un trabajador extranjero que no reside en España.

La autorización tendrá duración de 1 año y se limita a un ámbito geográfico y una ocupación determinada.

REQUSITOS

  • No se ciudadano de la UE, espacio económico  Suiza ni tampoco aquellos que les sea de aplicación el regimen comunitario.
  • No hallarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia de los últimos 5 años.
  • No tener prohibida la entrada a España.
  • No encontrarse en el plazo voluntario de no retorno a España.
  • Haber abonado la tasa de tramitación correspondiente.

Respecto al empleador/empresa es necesario que esta cumpla una serie de requisitos, entre algunos de ellos:

  • Presente un contrato de trabajo firmado por el trabajador y por él mismo y que garantice al trabajador una actividad continuada.
  • Que el empleador este inscrito en la Seguridad Social y este al corriente de sus obligaciones con la misma y la agencia tributaria.
  • El empleador disponga de medios económicos suficientes para su proyecto empresarial.
  • Lugar de presentación: Oficina de extranjería de la provincia donde se vayan a prestar los servicios por parte del trabajador.

En el caso de que la empresa tenga más de 500 trabajadores y centros de trabajo en más de una provincia se presentará la solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Inmigración.

Desde que se concede en su caso la autorización de trabajo el trabajador dispone de 1 mes para solicitar personalmente el visado en la embajada u oficina consular de España correspondiente a su domicilio en su país de origen acompañado de la documentación correspondiente.

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