Si eres familiar de un ciudadano de la UE, conoce los requisitos para conseguir una residencia de 5 años.
TARJETA DE FAMILIAR COMUNITARIO REQUISITOS
Nos encontramos ante un permiso de residencia que da el derecho a residir y trabajar legalmente en España durante 5 años.
¿QUIÉN PUEDE SOLIICITARLA?
Los familiares de un ciudadano español o de otro país miembro de la UE o perteneciente al acuerdo sobre el espacio económico europeo o suiza.
FAMILIARES REAGRUPABLES
- Cónyuge del residente, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
- La pareja de Hecho: con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. Siempre que la inscripción no este cancelada.
- Hijos del ciudadano de la Unión o los de su cónyuge o pareja de hecho registrada (siempre que no estén separados de derecho) menores de 21 años o mayores de dicha edad siempre y cuando vivan a sus expensas, o incapaces.
- Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada cuando estén a su cargo.
- Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia estén a cargo del ciudadano de la Unión.
- Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia
- Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal.